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Base Legal y
Normativas
Resolución No. 32/2001: Crea
el Centro de Registro y Aprobación de los EPP y establece el
Reglamento a seguir con este propósito.
Resolución No. 50/2008:
Establece la Metodología para el cálculo de las necesidades
de los Equipos de Protección Personal y Colectiva, de los
presupuestos requeridos y del control de su ejecución.
Funciones:
Evaluar la calidad protectora de los Equipos de
Protección Personal, a partir del análisis documental y de los
ensayos que resulte procedente practicar.
Emitir los dictámenes técnicos o certificados
correspondientes a dichos medios.
Elaborar, actualizar y divulgar trimestralmente el “Registro
Nacional de Aprobaciones”.
Supervisar el comportamiento de la calidad protectora de
los equipos, mediante muestreos periódicos efectuados con la
colaboración de la Oficina Nacional de Inspección del Trabajo.
Retirar las aprobaciones otorgadas, cuando se compruebe que
existan violaciones o incumplimientos de lo regulado.
Informar y orientar adecuadamente a los usuarios y demás
interesados, a fin de contribuir a desarrollar una cultura en
esta materia.
Las entidades titulares de los Equipos de Protección Personal
deben:
Registro de la entidad
Efectuar la Solicitud correspondiente, adjuntando
una copia de la Licencia Comercial, o del Certificado del Registro
Central Comercial del Ministerio de Comercio Interior, según se trate de
una Sucursal extranjera o de un Comercializador nacional.
El
Registro de la Entidad tiene un período de vigencia de 10 años y no
conlleva tarifa de pago alguna.
Registro y Aprobación de los Equipos
Para
formalizar el trámite de registro y aprobación de los equipos, la
solicitud deberá venir
acompañada de:
-
El
Certificado de Aprobación en origen.
Certificado de Examen Tipo emitido por un laboratorio
independiente y acreditado. El Certificado vendrá acompañado del
informe
técnico de los ensayos practicados.
-
Declaración
de Conformidad
emitida por el fabricante, donde quede expresado que los equipos
producidos son idénticos al equipo objeto del Certificado.
-
Información de catálogo y ficha técnica de los
equipos.
-
Muestras físicas de cada surtido de equipos.
Recogida del
Dictamen
El
Dictamen Técnico resultante tendrá una validez de 3 a 5 años, en
dependencia de la categoría y demás características del equipo de que
se trate.
Marcado de los Equipos
El Titular deberá proceder al
marcado de los equipos una vez aprobados éstos, para su circulación en
el territorio nacional, con los datos contenidos en el sello
correspondiente. El
marcado podrá quedar impreso en el propio equipo, en el estuche de
conservación, en el embalaje o, acompañar al equipo como una hoja
independiente.
Las entidades
usuarias de los Equipos de Protección Personal deben:
Adquirir solamente aquellos medios que hayan sido previamente
registrados y aprobados para su uso, por lo que los compradores
deben estar atentos a estas condiciones al hacer la selección,
exigiendo al momento de su contratación, la documentación
correspondiente.
Tendrán en cuenta:
-
Los equipos seleccionados aparecerán recogidos en el Registro Nacional de
Aprobaciones emitido por
este Centro.
-
En
los equipos ofertados ha de aparecer el Sello de Marcado con su número
de registro y aprobación, o en su defecto, exhibirse por el
suministrador el Certificado correspondiente.
-
El
equipo deberá venir acompañado de la información indispensable
sobre el uso a que está destinado, su mantenimiento y conservación,
los accesorios y piezas de repuesto que se puedan utilizar con el
equipo; así como sobre la fecha o plazo de caducidad del mismo o de
alguno de sus componentes, todo ello de forma precisa y comprensible.
-
Correspondencia
de los modelos de equipos, sus tallas y accesorios, de acuerdo a lo
solicitado.
-
Deficiencias
o roturas que presenten los equipos, efectuando las reclamaciones en
los casos que proceda.
Productores
Nacionales:
Antes
de producir y poner en circulación el medio de que se trate
adicionalmente al control de la calidad interno, el productor someterá a
evaluación el equipo a través de un laboratorio acreditado, nacional o
extranjero. El Certificado deberá venir acompañado del informe
técnico de los ensayos practicados.
Registrarse
ante
el Centro de Registro y Aprobación de los Equipos de Protección Personal,
bien directamente o a través del Comercializador de los equipos.
Someter
a Registro y Aprobación los Equipos,
siguiendo los pasos en este sentido orientados a los comercializadores.
Entidades
autorizadas a importar:
El
alcance del Registro y Aprobación de los Equipos de Protección Personal abarca
también a las entidades autorizadas a importar estos equipos para su propio
uso, trátese de las empresas
mixtas, inversionistas
extranjeros, empresas de carácter
estatal u otras dotadas de esta potestad, debiéndose presentar estos medios
para su evaluación y registro antes de su
uso en el territorio nacional.
Equipos
recibidos en donación:
Los equipos recibidos en donación,
ya sea de forma directa por las entidades o a través de las instancias
correspondientes del Ministerio de Inversión Extranjera y de Colaboración
Económica, del Instituto Cubano de Amistad con los Pueblos u otros organismos
autorizados, deberán ser presentados al Centro de Registro y Aprobación de
Equipos de Protección Personal para su evaluación antes de proceder a su
distribución y uso, por los trabajadores. El Centro no cobrará tarifa alguna por
este análisis y orientará en caso necesario sobre el uso que puede darse a los
mismos.
Registro
de Aprobación de Equipos de Protección Personal
(Ver Listado de
Equipos registrados),
(Registro de entidades con equipos
aprobados)
Desde Enero de 2002
se realiza el Registro y
Aprobación de los Equipos de Protección Personal destinados al uso de los
trabajadores. Están
sujetos a este procedimiento los productores, importadores y
comercializadores de estos medios, así como aquellas entidades
autorizadas a importarlos para su propio uso. En la actualidad el registro
incluye más de 1000 equipos de protección personal que han sido aprobados para
su comercialización y uso.
Resaltados en azul se
encuentra un numeroso grupo de equipos en fecha de vencimiento o
próximos a la misma, que deben ser renovados por sus titulares.
Cierre:
Diciembre
2011 |