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PREGUNTAS FRECUENTES
 
 

¿Qué es el Centro de Registro y Aprobación de los EPP?.

Es una unidad organizativa del Instituto de Estudios e Investigaciones del Trabajo  que tiene como función la evaluación, el  registro y la aprobación de los equipos de protección personal que van a circular en el país para uso de los trabajadores, a fin de garantizar que los mismos cumplan con las cualidades protectoras requeridas.

¿Cuál es la base legal que rige este proceso?.

La Resolución 32/2001 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, establece la obligatoriedad de las entidades titulares de estos equipos, entendiéndose por tales los  productores, comercializadores e importadores, u otras entidades autorizadas a importarlos para su propio uso, a someter a registro y aprobación dichos medios. 

A su vez, es obligación de las entidades usuarias, adquirir solamente aquellos equipos previamente registrados, recogidos en el Registro Nacional de Aprobaciones.

¿Qué equipos deben registrarse?.

Se consideran equipos de protección personal de los trabajadores de acuerdo a la Resolución 32/ 2001, cualquier dispositivo o medio que vaya a llevar o del que vaya a disponer un trabajador, con el objetivo de que  le proteja contra uno o varios riesgos específicos que puedan amenazar su seguridad y su salud.

También se consideran Equipos de Protección Personal, todos los componentes, partes, piezas o accesorios indispensables para su funcionamiento y que se utilicen exclusivamente en los mismos. 

¿El casco de motorista es un EPP de los trabajadores?.

No, el casco de motorista es un medio de protección que  no es exclusivo de los trabajadores, sino que debe utilizarlo cualquier persona que vaya a circular  en esos medios de transporte.

La ropa de trabajo del cocinero y los overoles del mecánico, ¿se consideran EPP?.

No, se consideran ropa de trabajo, porque no protegen contra un riesgo específico. En el caso de la ropa de trabajo del cocinero, ejerce más bien una función protectora de la higiene del proceso y no del trabajador.

¿Las capas de agua y los  chubasqueros, son EPP?.

Sí, porque protegen contra un riesgo específico, en este caso, la lluvia, la humedad y el trabajo a la intemperie.

¿Los equipos de protección personal que vengan incluidos dentro de los módulos tecnológicos, por ejemplo, equipos de soldadura o equipos de refrigeración que traen sus respectivos equipos de protección personal de los trabajadores, ¿Deben registrarse?.

Sí todos los equipos que vayan a ejercer una función protectora personal, deben evaluarse a fin de comprobar sus cualidades.

¿Qué pasos deben dar las entidades titulares de los E.P.P. para registrarse ante el Centro?.

1ro: Registro como entidad titular de estos medios

   2do: Someter a evaluación y aprobación sus equipos.

Las empresas que son solamente usuarias de estos medios, ¿deben registrarse ante el Centro?.

No, a menos que tengan la facultad de importarlos para su propio uso.

¿Qué documentación deben aportar los titulares para registrarse como entidad?.

Entregar la Solicitud correspondiente (Mod. 1),  adjuntando  una copia de la Licencia Comercial, o del Certificado del Registro Central Comercial del MINCIN, según se trate de una Sucursal extranjera o de un Comercializador nacional.

¿Qué documentación debe aportarse para sean registrados y aprobados los equipos?.

  • Certificado de Aprobación emitido por un laboratorio independiente acreditado en el país de origen, con el informe  técnico de los ensayos practicados.

  • Declaración de Conformidad del fabricante, donde quede expresado que los equipos producidos son Idénticos al aprobado mediante Certificado.

  • Información de catálogo o ficha técnica del equipo

  • Muestra física de cada modelo de equipo, con el marcado correspondiente.

¿Los equipos recibidos en donación, ¿deben registrarse?.

Los equipos recibidos en donación, ya sea de forma directa o a través del ICAP u otras instancias, deberán ser presentados al Centro para su evaluación antes de proceder a su distribución a los trabajadores, si bien el Centro no cobrará tarifa alguna por este análisis y orientará en caso necesario sobre el uso que puede dárseles a estos medios.

Debe tenerse en cuenta que el uso de un equipo inadecuado, o en fines diferentes para los que está concebido puede resultar tanto o más peligroso que la carencia del mismo.

¿Dónde está situado el Centro de Registro y Aprobación de los equipos de protección personal?

El Centro funciona en las áreas del Instituto de Estudios e Investigaciones del Trabajo, Calle 24 No. 4309 e/ 43 y 45, Almendares, Playa.

Teléfonos: 206-5327, 203-6481  ariel@cictec.mtss.cu,  http://www.ieit.cu

 

ENLACES

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OTROS ENLACES

INIE: Instituto Nacional de Investigaciones Económicas:

http://www.inie.cu

CINTERFOR: Centro Interamericano para el Desarrollo del Conocimiento de la Formación Profesional Conocimiento  la Formación.

http://www.cinterfor.org.uy

OIT: Organización Internacional del Trabajo. http://www.oit.org
REDCIENCIA: Red cubana de la ciencia. http://www.redciencia.cu

 

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