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CENTRO
DE REGISTRO Y APROBACIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL Una unidad organizativa
del Instituto de Estudios e Investigaciones del Trabajo. Tiene como función
la evaluación, el registro y la
aprobación de los Equipos de Protección Personal, que van a circular en el
territorio nacional, a fin de garantizar que los mismos cumplan con las
cualidades protectoras requeridas.
Evaluar la calidad
protectora de los Equipos de Protección Personal, a partir del análisis
documental y de los ensayos que resulte procedente practicar. Emitir los dictámenes
técnicos o certificados correspondientes a dichos medios. Elaborar, actualizar y divulgar
anualmente el “Registro Nacional de Aprobaciones”. Supervisar el
comportamiento de la calidad protectora de los equipos, mediante muestreos
periódicos efectuados con la colaboración de Retirar las
aprobaciones otorgadas, cuando se compruebe que existan violaciones o
incumplimientos de lo regulado. Informar y orientar
adecuadamente a los usuarios y demás interesados, a fin de contribuir a
desarrollar una cultura en esta materia.
Las entidades titulares de los Equipos de Protección
Personal deben:
Las entidades usuarias de los Equipos de Protección Personal
deben: Adquirir solamente
aquellos medios que hayan sido previamente registrados y aprobados para su
uso, por lo que los compradores deben estar atentos a estas condiciones al
hacer la selección, exigiendo al momento de su contratación, la documentación
correspondiente.
Tendrán en cuenta:
Productores Nacionales: Antes de producir y poner en circulación el medio de que se trate
adicionalmente al control de la calidad interno, el productor someterá a
evaluación el equipo a través de un laboratorio acreditado, nacional o
extranjero. El Certificado deberá venir acompañado del informe técnico de los ensayos practicados. Registrarse ante el Centro de Registro y Aprobación
de los Equipos de Protección Personal, bien directamente o a través del
Comercializador de los equipos. Someter a Registro y Aprobación los Equipos, siguiendo los pasos en este sentido orientados a los comercializadores.
Entidades autorizadas a importar: El alcance del Registro y Aprobación de los Equipos de Protección Personal abarca también a las entidades autorizadas a importar estos equipos para su propio uso, trátese de las empresas mixtas, inversionistas extranjeros, empresas de carácter estatal u otras dotadas de esta potestad, debiéndose presentar estos medios para su evaluación y registro antes de su uso en el territorio nacional.
Equipos recibidos en donación: Los
equipos recibidos en donación, ya sea de forma directa por las entidades o a
través de las instancias correspondientes del Ministerio de Inversión
Extranjera y de Colaboración Económica, del Instituto Cubano de Amistad con
los Pueblos u otros organismos autorizados, deberán ser presentados al Centro
de Registro y Aprobación de Equipos de Protección Personal para su evaluación
antes de proceder a su distribución y uso, por los trabajadores. El Centro no
cobrará tarifa alguna por este análisis y orientará en caso necesario sobre
el uso que puede darse a los mismos.
Registro de Aprobación de Equipos de Protección
Personal (Ver Listado de Equipos
registrados), (Registro
de entidades con equipos aprobados) Desde Enero de 2002 se realiza el Registro y Aprobación de los
Equipos de Protección Personal destinados al uso de los trabajadores. Están
sujetos a este procedimiento los productores, importadores y comercializadores
de estos medios, así como aquellas entidades autorizadas a importarlos para
su propio uso. Si bien en el período transcurrido se han
registrado más de 300 equipos, correspondientes a unos 40 titulares, el
análisis realizado muestra que mientras algunas de estas entidades han
registrado prácticamente todo su catálogo activo o aquella parte del mismo
con una mayor rotación, otras no han iniciado dicho proceso o sólo han
presentado una parte ínfima de los medios que están circulando. Resaltados en azul se
encuentra un numeroso grupo de equipos en fecha de vencimiento o
próximos a la misma, que deben ser renovados por sus titulares. Cierre: 30 de Diciembre de 2009
Copyright © (2004-2007) Instituto de Estudios e Investigaciones del Trabajo (IEIT) |
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